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RED DE ENTIDADES COLABORADORAS
Y BENEFICIARIAS I T C |
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¿Qué es la red de entidades colaboradoras del ITC? |
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El grupo de empresas, organismos e instituciones que aportan recursos y/o cantidades económicas para colaborar en la financiación de las actividades del ITC |
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¿Cuáles son los derechos de los colaboradores? |
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- Son beneficiarios de las actividades de modo proporcional a su aportación.
- Tienen derecho a participar en la definición de las líneas de actuación del programa anual.
- Pueden decidir el destino de sus aportaciones asignándolas a acciones concretas.
- Tiene derecho a que se difunda su colaboración a través de acciones publicitarias o en los actos públicos a organizar, siempre de modo proporcional a sus aportaciones.
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¿Cómo se regula la colaboración? |
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A través de un convenio de colaboración a suscribir entre la entidad colaboradora y el ITC. En este convenio se definen las condiciones y niveles de la colaboración. |
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¿Cuándo y cómo se realizan las aportaciones ? |
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- Una vez firmado el convenio de colaboración en el que se establecerán los plazos
- Preferentemente a finales o principios de año para que formen parte del presupuesto del ejercicio en curso.
- Las empresas o entidades interesadas recibirán toda la información por escrito antes de tomar su decisión.
- Ver folletos publicitarios de la campaña de información.
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¿Las aportaciones pueden obtener bonificaciones fiscales ? |
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En su consideración de “Colaboraciones a actividades de interés general” podrán acogerse al Régimen fiscal de los convenios de colaboración empresarial: art. 26 nf 3/2004:
…. BONIFICACIONES fiscales:
- Deducirán de la base hasta el 32% con carácter general.
- Podrán llegar a deducir hasta el 50% si la DFG en 2007 incluye nuestras actividades dentro del grupo de las actividades Prioritarias.
- Al finalizar el ejercicio el ITC emitirá un certificado del destino de las aportaciones que tendrá valor a efectos de bonificaciones fiscales.
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